El Diario Oficial de la Federación publicó el Decreto por el que se expide la Ley Federal de Cine y el Audiovisual y se abroga la Ley Federal de Cinematografía.
En las Disposiciones Generales, la presente Ley tiene como objeto fomentar y regular la producción, distribución, difusión, promoción, comercialización, circulación, exhibición y preservación de obras cinematográficas y obras audiovisuales.
Además menciona que las disposiciones de esta Ley son de orden público, interés social y de observancia general en todo el territorio nacional y tienen como finalidad: Rescatar, restaurar y preservar las obras que integran el patrimonio cinematográfico y audiovisual nacional; garantizar el derecho de toda persona al acceso a las obras cinematográficas y obras audiovisuales por cualquier medio; garantizar la diversidad cultural en todas sus manifestaciones, con pleno respeto a la libertad de expresión; impulsar el desarrollo de la industria cinematográfica nacional, y por último impulsar la formación audiovisual de las personas como parte de su derecho a la educación y la cultura.
En su segundo punto la Ley contempla para sus efectos se entenderá, en singular o plural, por Circulación a un conjunto de acciones que permiten el movimiento de las obras cinematográficas y obras audiovisuales para llegar a distintos públicos a través de salas de cine, espacios de exhibición alternativos, festivales, plataformas digitales de video bajo demanda, televisión, circuitos de exhibición culturales, educativos y comerciales, entre otros.
Por Complejo cinematográfico se entenderá como espacio con dos o más salas de exhibición cinematográfica, cuya explotación se realice bajo la titularidad de una misma persona física o moral con identificación bajo una misma marca; como Espacio de exhibición alternativo: local, recinto o espacio público donde se proyectan obras cinematográficas, gestionado por la sociedad civil o la autoridad gubernamental, los cuales pueden incluir salas independientes, centros educativos, bibliotecas, cinetecas, museos y centros culturales, entre otros, que permitan ofrecer una experiencia cinematográfica independiente y diversa.
Respecto a la Formación cinematográfica: conjunto de actividades relacionadas con la educación, pedagogías, capacitación, reflexión, análisis, investigación y divulgación acerca de la creación cinematográfica y audiovisual, su patrimonio, iconografía e impacto como elemento cultural inherente a la sociedad, en reconocimiento a la diversidad de las personas que participan en ella, así como la multiplicidad de sus modelos y naturalezas.
La Industria cinematográfica nacional: conjunto de personas físicas y morales de nacionalidad mexicana o con residencia o establecimiento permanente en México, de conformidad con la legislación aplicable en la materia cuya actividad habitual o transitoria es la creación, producción, difusión, promoción, distribución, exhibición, comercialización, fomento, rescate, restauración y preservación de obras cinematográficas y obras audiovisuales; y como Interés cultural nacional: la característica de una obra cinematográfica u obra audiovisual cuyo contenido se relaciona con México, su historia, sociedad, arte o tradiciones, que refleja la identidad pluricultural de la nación, entre otros puntos.






















