La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerció su facultad de atracción para revisar la anulación del juicio oral relacionado con el ataque con ácido perpetrado contra la saxofonista María Elena Ríos. El máximo tribunal del país examinará las determinaciones judiciales previas con el objetivo de definir si el proceso penal contra los probables responsables debe repetirse en su totalidad.
El caso cobró relevancia jurídica en 2024, cuando un juez emitió un fallo que absuelve a Juan Antonio Vera Carrizal y a dos procesados más por el delito de tentativa de feminicidio. Posteriormente, una jueza sustituta declaró la anulación del proceso tras detectar severas irregularidades procesales y violaciones al debido proceso.
Alcance de la resolución constitucional
La representación de la Suprema Corte precisó los límites y el marco legal de la intervención de los ministros durante esta fase procesal:
Legalidad del procedimiento: La revisión se concentrará exclusivamente en evaluar la validez legal de la anulación dictada por la jueza sustituta y el respeto a los principios procesales.
Sin definición de culpabilidad: La atracción del expediente no implica por el momento un pronunciamiento definitivo sobre la responsabilidad o inocencia de los imputados.
Visibilización y precedente contra la violencia ácida
El proceso penal derivado de la agresión contra la música oaxaqueña se ha consolidado como un referente nacional para visibilizar y sancionar la violencia ejercida mediante sustancias corrosivas e inflamables en México.
La resolución final que emita la SCJN sentará un precedente judicial en materia de debido proceso, perspectiva de género y acceso a la justicia para las víctimas de agresiones con químicos en el país.






