El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) analizó diversos medios de impugnación relacionados con procedimientos sancionadores y medidas cautelares, y determinó revocar acuerdos de autoridades electorales y partidistas, así como sobreseer tres asuntos que quedaron sin materia.
En los Juicios Electorales JE/048/2026 y JE/051/2026, promovidos por Erikc Sánchez Córdova contra acuerdos de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, el Pleno ordenó revocarlos debido a que no se justificó suficientemente el rechazo de las quejas por una supuesta coincidencia con otros procedimientos en trámite.
El primer asunto se relaciona con catorce quejas contra Eugenio Segura Vázquez, por presuntas conductas de posicionamiento político mediante publicidad, encuestas, publicaciones, eventos y pintas de bardas. El segundo corresponde a una queja contra Eugenio Segura Vázquez y María Lezama Espinosa, relacionada con su participación y difusión del encuentro Freedom 250, celebrado en Cancún.
El Tribunal determinó que la Comisión deberá comparar los hechos denunciados y emitir nuevas determinaciones debidamente fundamentadas y motivadas, en un plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de cada sentencia. En su caso, también deberá pronunciarse sobre las medidas cautelares solicitadas. Estas resoluciones no determinan la existencia de infracciones, ni implican la admisión automática de las quejas.
Por otra parte, en el Juicio Electoral JE/036/2026, el Pleno revocó un acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), relacionado con el supuesto incumplimiento de medidas cautelares. Lo anterior, debido a que se utilizó una vía procesal sin justificar su procedencia. Se ordenó registrar el escrito como Procedimiento Ordinario Sancionador y continuar las actuaciones correspondientes, conservando las diligencias de investigación y los elementos obtenidos.
Asimismo, el Pleno determinó el sobreseimiento de tres medios de impugnación: el Juicio de la Ciudadanía JDC/033/2026, el Juicio Electoral JE/025/2026 y el Juicio de la Ciudadanía JDC/032/2026, relacionados con acuerdos de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEQROO sobre medidas cautelares dictadas en procedimientos ordinarios sancionadores.
El sobreseimiento de los tres asuntos obedeció a un cambio de situación jurídica, derivado de que el Consejo General del IEQROO emitió las resoluciones de fondo correspondientes. En consecuencia, las controversias quedaron sin materia, por lo que un pronunciamiento sobre la legalidad de las medidas cautelares ya no tendría efectos jurídicos útiles.






